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SERÁ LEGAL CERRAR TERRAZAS Y GALERÍAS EN ZARAGOZA

A propuesta de Chunta Aragonesista, el Ayuntamiento de Zaragoza permitirá  cerrar las terrazas y galerías que cumplan estos requisitos: – Que la terraza a cerrar no supere el 6% de la superficie edificable de la vivienda. – Que el proyecto de cerramiento sea conjunto para toda la fachada, aunque cada vecino pueda ejecutarlo cuando quiera. – Que no se altere la estructura interior de la vivienda. – Que la vivienda tenga o haya sido ocupada desde hace más de diez años, para evitar que en el precio de venta de la vivienda, desde los promotores, se cobre también la superficie de la terraza

También hemos solicitado a Urbanismo que se analice desde el punto de vista jurídico que todos los expedientes sancionadores por cerramiento de terrazas que en este momento se incoan, que se paralicen porque la normativa se va a cambiar y no tiene ningún sentido sancionar por cerrar terrazas cuando dentro de unos meses va a ser legal.

Además, también hemos considerado respecto a los plazos de aprobación de esta normativa que no es necesario ningún informe complementario para aprobar esta normativa. Hay que sacarla a exposición pública, un plazo de alegaciones de un mes, enviarlo al Consejo de Ordenación del Territorio y aprobarlo definitivamente en el Ayuntamiento. Si se da prisa el equipo de gobierno puede estar aprobada este verano, pero de cualquier manera es más importante que las cosas se hagan bien.

El pleno del mes de diciembre de 2007 aprobó por unanimidad la moción del grupo municipal de Chunta Aragonesista para el cerramiento porque es bueno desde el punto de vista medioambiental, debido al ahorro energético. Esta medida la propusimos en la pasada campaña electoral de municipales y autonómicas, así que nos llena de satisfacción haberla sacado adelante a pesar de estar en la oposición.

CHA ZGZ

La unica alternativa de izquierda aragonesista. Con independencia, coherencia y defendiendo los intereses de la ciudadanía

25 comentarios en «SERÁ LEGAL CERRAR TERRAZAS Y GALERÍAS EN ZARAGOZA»

  • Es un paso adelante importante para el bienestar de muchos zaragozanos, pero tengo alguna inquietud.

    Quizas el 6 % sea un poco justo, segun este ejemplo si un piso tiene 105 m incluida la terraza y la terraza tiene 8 m, ¿se puede cerrar?.

    Quizas esos diez años, para evitar la repercusion económica se puediera aplicar, para todos aquellos que todavia no estan construidos a partir de la entrada en vigor de la moficicación, y para todos aquellos que esten ya construidos se suprimiera esos 10 años o por lo menos se redujeran a 5 por ejemplo.

    Gracias anticipadas por vuestro interes

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  • Si lo que se quiere de verdad es un ahorro energético, ¿por qué restringir la normativa a terrazas cuya superficie no supere el 6% de la vivienda?, las que sean más grandes ¿no tienen derecho a poder colaborar con el medio ambiente?
    Me parece una medida restrictiva y que crea desigualdades. Si queremos colaborar con el medio ambiente que nos dejen a todos, no sólo a unos pocos.
    Nuestra Constitución dice que todos somos iguales, espero que las normativas también sigan este principio de igualdad.

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  • Por fin, ya era hora de que se regulara algo que, si nos fijamos en los edificios de Zaragoza,se venia haciendo hace años pero sin orden ni concierto.. De esta forma , se podran cerrar las terrazas en las diferentes comunidades de vecinos, pero respetando la estetica de la fachada. Todos los que quieran hacerlo lo podrán hacer pero de la misma manera, segun una acuerdo previo en las juntas de vecinos.
    Lo que yo me pregunto es que plazo tiene la comunidad de vecinos para llegar a dicho acuerdo sobre los materiales o colores a utilizar para el cerramiento de su terraza? A ver si ahora , los vecinos que estaban en contra, que no son pocos, van a dilatar el tema meses y meses y , puesto que ya no va a haber sanciones para los cerramientos hechos, aunque sean esteticamente horribles, el que se impaciente y quiera cerrar, lo acabe haciendo a su gusto y antojo.

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  • Se avanza pero muy despacio, opino que con el criterio del 6% no se llegara a cubrir las expectativas de la ciudadanía.
    Con este criterio se quedaran fuera más ciudadanos de los que os esperáis, que el supuesto de que alcance al 90% de las terrazas quedara muy lejos de cumplirse.
    Ejemplos: Piso de 56 m con una terraza de 4 m queda fuera.
    Piso de 85 m con una terraza de 5,5 m queda fuera.
    Estas medidas son muy corrientes, por lo que seria muy favorable para la ciudadanía que el porcentaje fuera muy cercano al 10% y en este caso creo si alcanzaríais ese supuesto del 90%.

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  • Como información: Los metros de la terraza a cubrir variarán en función de la superficie construida de la vivienda, que normalmente es un 10% más que la superficie útil. No obstante, ahora iniciamos el proceso de alegaciones que se abrirá durante un mes a partir del pleno de mayo para presentar las alegaciones oportunas con el fin de mejorar la normativa.

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  • Con el condicionante del 6% va a haber ahora más denuncias y expedientes sancionadores que antes. Los vecinos que siempre se han negado a cerrar las terrazas(los de los pisos altos ,los que no tienen contaminación ni ruidos y que como dicen en el post de más arriba no son pocos) van a medir con lupa los m2 que cierran sus vecinos y además como sus terrazas tienen la misma superficie que el resto, pues eso, que saben exactamente las medidas.

    Normalmente a una terraza suelen dar dos ventanas de dos dormitorios y una puerta de salida del salón. Mi vivienda tiene 73 m2 incluyendo la terraza de 6,5 m2. Aunque aplique el porcentaje sobre la superficie total (no sobre la útil) me sigue quedando parte de terraza sin poder cerrar. ¿que hago? ¿dejo que una de las ventanas del dormitorio se quede sin proteger? ¿dejo dos palmos entre las cristaleras y la barandilla?.

    Además en el artículo del Heraldo dicen que lo van a cobrar entonces la solución es : ustedes dan un porcentaje más generoso entre un 10 y un 15% ,nosotros lo pagamos , los de los cerramientos trabajan , se ahorra calefacción, se evitan ruidos y suciedad, nos ahorramos disgustos y denuncias y todos contentos.
    Saludos y enhorabuena por la iniciativa.

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  • MI PISO TIENE 64 M2.EL BALCON TIENE UNOS 4.20M,DE LARGO Y 90CM DE ANCHO.¿CUMPLE LA NORMATIVA?.EN EL PISO DE ARRIBA YA HAY UNO CERRADO Y VARIOS EN LA PARTE DE ATRAS.¿ES LEGAL TODO ESTO?.¿PODRE CERRARME EL MIO?

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  • ¿Por qué los colores tienen que depender del supuesto buen gusto de los vecinos?

    Como dice Mariquita perez : ¿habrá que esperar a que los vecinos que NO están de acuerdo con los cierres den el visto bueno a los colores y tipos de cerramientos? Nos podemos eternizar.Esta solución no es práctica.

    Hay básicamente dos tipos de cerramientos : uno en el que se ve la perfilería (99% de los cierres de Zaragoza) y otro en el que sólo se ve el cristal(éste último puede llegar hasta 600 euros metro lineal) ¿que ocurre si los vecinos que NO quieren cerramientos se empeñan en éste último y de color amarillo?.

    ¿No se trata de unificar? Pues entonces definan ustedes el modelo (el más asequible) y el color.
    Tampoco es tan difícil :
    a/ » Si el ladrillo de la fachada es de color oscuro y el aluminio de las ventanas actuales es color bronce el color del cerramiento será bronce»
    b/» Si el ladrillo es claro y las ventanas blancas ,el cerramiento blanco»

    Sólo son ejemplos. No se trata de imponer nada.Con dos o tres opciones es suficiente para toda la ciudad. Así sí que se unificaría y se evitarían discusiones y retrasos.

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  • EL 6% no cubrira la espectativa de muchos ciudadanos que quieren cerran sus terrazas de una manera legal. Si se deja la propuesta como esta, seguiran muchos ciudadanos fuera de la legalidad con todo lo que conlleva.
    Incluso el criterio de los diez años me parece mucho tiermpo de espera, los pisos que estan ya construidos no necesitan esa demora en el tiempo pues no les afecta las posibles subidas de los constructores.
    Por los comentarios aqui reflejados, creo que si es necesario que se presentaran alegaciones y si fueran por CHA seria todavia más interesante, esto le podria dar ese último empujon para que todos mejoremos.
    Las edificaciones estarian más curiosas al tener ese proyecto que unificaria a todos y todos estariamos legales ante la Ley.
    Os animo a seguir en este camino.

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  • Buenas a Todos ,

    Bien por la CHA !!!! Ya era hora de qe alguien regulase lo que es habitual en nuestra ciudad .Cerramientos en casi todos los bloques de Zaragoza.

    Lo que no acabo de entender es los los 10 años. Si tengo un piso de 3 años con una terraza de frente al Cierzo, que me congelo en invierno en las habitaciones que dan a esta terraza , ¿por que tengo que esperar 7 años más? No sería lógico conseguir Ya un mejor aislamiento y así mayor rendimiento energético?¿por que tengo que esperar 7 años tirando el dinero con la calefacción a tope y contaminado sin necesidad para que que me den permiso?

    Gracias

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  • Lo siento, pero esta ley es un pequeño amago de querer hacer las cosas bien.
    No entiendo que, si realmente se quiere solucionar un problema, se hagan las cosas tan mal. Esto no soluciona nada la problematica actual. Me parece que es mucha propaganda esto del medio ambiente, pero dudo que los legisladores esten concienciados. Siempre suena bien meter la frase: «hay que cuidar el medio ambiente…»

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  • Una pregunta,¿será posible cerrar un trozo de ático (que es de mi uso paraticular) que no sobresale de la fachada sino que es cubierta del edificio?

    Gracias

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  • Me gustaría que CHA dejara claro, si los vecinos deben indicar en un plazo determinado, como debe ser el cerramiento.¿Si un vecino lo quiere hacer y el resto no?. Es decir yo quiero cerrar y los demás no,puedo con la nueva normativa exigir que se me indique el tipo de cerramiento que la comunidad permite.¿Cuánto tiempo tengo que esperar para poder cerrar? ¿El acuerdo de si se cierra o no es por unanimidad?Se consideran cerramientos las cortinas de cristal,son cristales no estancos,moviles,con aperturta del 100%.Me refiero al tipo Lumon o Cover. ¡¡contestrame por favor!!

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  • Me alegro de la propuesta pero como ya he leido en otros comentarios yo tampoco no entiendo la exigencia de los diez años yo tengo un piso de 5 años y tengo un serio problema de salubridad pues las palomas entran en mi galeria como Pedro por su casa y necesito cerrarla urgentemente pues ya tengo una ñina y viene otro de camino y considero que puede ser nocivo para la familia el seguir habitando con estos huespedes constantemente instalados en nuestra vivienda.
    Tampoco entiendo lo de que el proyecto de cerramiento tenga que ser conjunto de toda la fachada ¿ significa esto que necesitaremos de todas formas la autorizacion de los demas propietarios ?
    Espero su contestación
    Gracias

    Respuesta
  • Buenos días, Marta.
    Como planteas una cuestión muy concreta te contesto puntualmente. El tema de los diez años lo plantearon los técnicos municipales para evitar que los promotores incrementaran el precio de la vivienda en la venta inicial, argumentando que la terraza se convertía en superficie útil en su totalidad y aumentaba la superifice de la vivienda. En el trámite de debate y después de hablar con varios colectivos, nosotros propusimos que con cinco años era más que suficiente para evitar esta situación, máxime en el momento de crisis inmobiliaria en el que estábamos entrando. Nuestra propuesta fue aceptada, razón por la que ya está incluida en el nuevo redactado de la ley y el tiempo son cinco y no diez años. Esto quedará reflejado en la aprobación definitiva, que debería producirse si no se demora mucho el gobierno a la vuelta del verano.
    El que el proyecto tenga que ser conjunto para toda la fachada y aprobado por la mayoría de propietarios es una medida derivaba de la ley de propiedad horizontal, que establece estas exigencias. En estos momentos para poner un simple toldo, hace falta la aprobación de la comunidad de propietarios y que el toldo sea igual en todas las viviendas, para mantener la homogeneidad de la fachada. Es decir que no es nada nuevo, sino adaptar una ley de rango superior.
    Un saludo y espero que haya quedado aclarada la cuestión.

    Respuesta
  • Sres del grupo CHA:

    La última parte de su respuesta es confusa al menos para mí.

    Cuando dicen : «que el proyecto tenga que ser conjunto para toda la fachada y aprobado por la mayoría de los propietarios….»

    Quieren decir:

    1/ que la mayoría de los propietarios tienen que aprobar qué tipo de cerramiento se coloca.(perfilería ,color etc).-

    2/que la mayoría de los propietarios tienen que aprobar si se puede o no se puede cerrar las terrazas.-

    Su respuesta despejaría muchas dudas.Gracias.-

    Respuesta
  • ¿para cuando está previsto que se Apruebe y se haga efectiva esta nueva Ley?

    Gracias

    Respuesta
  • Reitero la pregunta de Carlos,ya que nadie sabe nada en el ayuntamiento. ¿Es ya efectiva?.Donde podemos hacernos con la norma ya definitiva.¿ Si la comunidad no autoriza ningun tipo de cerramiento puedo yo cerrar? Los acristalamientos sin perfiles,que se pueden desplazar todos los cristales hacia un lado,se consideran en la normativa como ceramiento.

    Respuesta
  • Mi pregunta,es la siguiente.¿Se considera cerramiento integral,a un sistema sin perfiles y que se puede cerrar y abrir cuando se quiera,igual que los toldos?.En mi comunidad,ya hay un cerramiento que se coloco,hace unos años y ningun vecino dice nada,osea que lo consienten.Tambien hay varios cerramientos en la parte de atras y tambien lo han consentido.¿Puede denunciar un vecino a otro,que se va a instalar un cerramiento,cuando ya existen ya varios de ellos?.

    ¿SE PUEDE COLOCAR APARTOS DE AIRE ACONDICIONADO EN FACHADAS ESTERIORES?

    Respuesta
  • Yo no se si lo he entendido bien, a ver si alguien me corrige.

    Hasta la fecha, para poder cerrar una terraza se necesitaba:

    1) Licencia del ayuntamiento,,que no te la daban porque estaban prohibido los cerramientos.
    2) Permiso de la comunidad de propietarios porque es un elemento común.

    Se podía dar la paradoja de que la comunidad te autorize el cerramiento por mayoría o unanimidad , pero luego cualquier vecino que ha votado que sí te denuncie al ayuntamiento y te lo hagan quitar porque no tenías licencia.

    Ahora, yo entiendo que se podrá tener el permiso del ayuntamiento, que será una obra legalizable urbanísticamente mientras que ántes no lo era, pero que seguirá haciendo falta el consentimiento de la comunidad de propietarios,,y si la mayoría no quiere no se podrá cerrar..

    Pero,,,se me ocurre que lo tendrán más difícil para denunciarte los vecinos,,porque una cosa es ir a denunciar a tu vecino al ayuntamiento que es gratis alegando que no tiene licencia y otra cosa es hacerlo en un juzgado que es donde habría que acudir para denunciar la falta de consentimiento de la comunidad , y para eso hay que rascarse el bolsillo.Creo que la medida va a ser positiva porque se evitarán muchas denuncias/venganzas de vecinos,,,esos que les encanta ir a urbanismo a poner denuncias gratis.

    Respuesta
  • En una reunion de la comunidad,comente de hacerme un cerramiento,pues ya habia uno hecho.Se acordo que la comunidad no se hacia responsable de lo que pudiera pasar y no me dieron ninguna solucion.Me quiero poner un sistema de cortinas de cristal,que se abre en su totalidad y tambien se cierra,no seria un cerramiento fijo.¿TENGO QUE PEDIR PERMISO DE OBRA PARA PODER REALIZARLO?.Los vecinos no quiern saber nada de esto,como se acordo en la reunion.Temo porque si lo hago,algun vecino de mala fe,me denuncie.¿QUE ES LO QUE TENGO QUE HACER?

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  • en mi comunidad se insiste en que los cerramientos de fachada se deben aprobar por unanimidad al ser alteracion de fachada , no distinguen los de cristal sin perfiles del resto , la reforma de la ley en zaragoza deja libre la aprobacion a las comunidades de propietarios y en ellas dicen que los cerramientos de cualquier tipo son alteracion de fachada y se deben aprobar por unanimidad en mi comunidad de 290 vecinos 3 dicen no y nos estan limitando a todos ¿existe alguna normativa o sentencia que determine que los cerramientos cristal sin perfiles tipo lumon no se consideren alteracion de fachada? si existiera algo limitaria a las comunidades a que tan solo se necesite mayoria y no unanimidad

    Respuesta
    • La ley de propiedad horizontal que es la que rige las comunidades de propietarios exige UNa MAYORÍA SIMPLE, no UNANIMIDAD. La ley de propiedad horizontal sólo exige mayoría para cambiar los estatutos. El cerramiento de fachadas es un elemento común , como por ejemplo, la instalación del ascensor. Se vota por mayoría simple y quien no está de acuerdo, no paga los costes que sean generales, en el caso de que los hubiera.
      Como dice la ley en su preámbulo: «Se considera así hoy en día que *la regla de la unanimidad *es en exceso rigurosa, en cuanto obstaculiza la realización de determinadas actuaciones que son convenientes para la comunidad de propietarios e incluso, por razones medioambientales o de otra índole, para el resto de la colectividad. Se ha considerado así conveniente flexibilizar el régimen de mayoría para el
      establecimiento de determinados servicios (porterías, ascensores, supresión de barreras arquitectónicas que dificulten la movilidad de personas con minusvalía, servicios de telecomunicación, aprovechamiento de la energía solar…,
      etc.).

      *Artículo 17*

      Los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes
      normas:

      1ª *La unanimidad sólo será exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad.*

      El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los
      estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. El arrendamiento de elementos
      comunes que no tenga asignado un uso específico en el inmueble requerirá igualmente el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las
      cuotas de participación, así como el consentimiento del propietario directamente afectado, si lo hubiere.

      Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 10 y 11
      de esta ley, la realización de obras o el establecimiento
      de nuevos servicios comunes que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con minusvalía, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo, o de los estatutos, requerirá el voto favorable de
      la mayoría de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.

      A los efectos establecidos en los párrafos anteriores de esta norma, se computarán como votos favorables los de aquellos propietarios ausentes de la Junta, debidamente citados, quienes una vez informados del acuerdo
      adoptado por los presentes, conforme alprocedimiento establecido en el artículo 9 no manifiesten su discrepancia por comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad en el plazo de 30 días naturales, por cualquier medio que permita tener constancia
      de la recepción.

      Los acuerdos válidamente adoptados con arreglo a lo dispuesto en esta norma obligan a todos los propietarios.

      2ª. La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998
      , de 27 de febrero, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas, comunes o privativos, de aprovechamiento de la energía solar, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.

      Respuesta
  • Hola,
    Este mensaje va dirigido a alguien del Grupo Cha que por favor me oriente.
    Tengo una terraza y quiero cerrar parte de ella de manera legal. He ido al ayuntamiento y desde que se aprobo la normativa en 2009 me han dicho que solo se ha presentado una solicitiud para legalización de terrazas, no es increible? me lo han puesto muy mal, vamos que me han dicho que es ilegal. Mi apartamento se termino en agosto 2007 con lo que según la nueva normativa hasta 2012 entiendo que no podría solicitar el cerramiento. La unica opcion que me dan es que el promotor no haya utilizado toda la edificabilidad que le aprobo el ayto (algo bastante improbable porque apuran al maximo según tengo entendido).
    Me han aconsejado desde el mismo ayto que no haga nada y que no me gaste dinero en proyecto porque aunque esperara a 2012 sería dificil que legalizara la terraza. Conoceis a alguien que pueda asesorarme en este tema? muchisimas gracias.

    Respuesta

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