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Aprobada por unanimidad la ordenanza que regula las sanciones por conductas incívicas

El Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza ha aprobado, por unanimidad, la ordenanza municipal reguladora del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora de las conductas incívicas, que se podrán castigar con multas que oscilan entre un mínimo de 50 euros, por no recoger los excrementos de los perros, y un máximo de 750 euros, en caso una acción que dañe gravemente el patrimonio. Esta ordenanza recoge las sanciones administrativas derivadas de la comisión de faltas, mientras que los actos delictivos se regulan por el Código Penal, como la quema de contenedores. La potestad sancionadora de esta norma afecta a las ordenanzas de limpieza pública, recogida y tratamiento de residuos sólidos; de uso de zonas verdes; y a la de actividades publicitarias en el ámbito de urbano.   El concejal del grupo municipal de CHA, Carmelo Asensio, ha dicho que tras nueve meses se resuelve la derogación de esta ordenanza conocida como la del botellón, que tenía un régimen sancionador desproporcionado y con amplio margen interpretativo sobre las sanciones que se habían de aplicar por los agentes de la autoridad.  Por lo tanto, es una buena noticia tener una ordenanza que delimita mejor las infracciones y acota las sanciones, que será de un mínimo de 50 euros, y ha lamentado que no se pueda destinar un 20 por ciento de los derechos netos reconocidos por multas a campañas de sensibilización.

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